AL CMC y al GMC
El Foro Consultivo Económico Social del MERCOSUR (FCES), en su L Reunión Plenaria celebrada en Asunción los días 21 y 22 de marzo de 2011, ha analizado con preocupación el contenido de la Decisión del CMC N° 65/10, adoptada en Foz de Iguazú el 16 de diciembre de 2010, relativa a la creación de la Unidad de Apoyo a la Participación Social (UPS) en el ámbito del Alto Representante General del Mercosur (Decisión CMC N° 63/10).
Dicha Decisión, en su Art. 4° establece, entre las funciones de la UPS:
-"actuar como canal institucional de diálogo del Mercosur con la sociedad y con los movimientos sociales";
-"financiar la participación social en eventos y actividades del Mercosur";
-"mantener un registro de organizaciones y movimientos sociales de los Estados Partes".
Tales cometidos implican un desconocimiento del rol del FCES en el proceso de integración del Mercosur y atentan contra las disposiciones del Protocolo de Ouro Preto.
En efecto, el FCES del Mercosur fue creado por el Protocolo de Ouro Preto (Arts. 1 y 28 a 30), y de acuerdo al mismo es uno de los cinco órganos permanentes que integran la estructura institucional del Mercosur, siendo el que representa a los sectores económicos y sociales de los Estados Partes.
A través del FCES, la sociedad civil de los cuatro países (más de 240.000.000 de habitantes) tiene un espacio de expresión sobre las diversas materias que reflejan la preocupación y aspiraciones de los ciudadanos de la región.
En tal sentido, forman parte del FCES a través de sus Secciones Nacionales, las principales organizaciones representativas de empresarios, trabajadores y sectores diversos (cooperativas, consumidores, organizaciones no gubernamentales, profesionales liberales, productores rurales, etc.). Y el proceso de incorporación de nuevas organizaciones a las Secciones Nacionales es continuo y siempre abierto.
El FCES es el órgano de representación de la sociedad civil organizada en el proceso de integración del Mercosur con autonomía, legitimidad a través de las organizaciones que lo componen y amplio reconocimiento en el orden internacional, como lo demuestra sus vínculos con su homólogo y contraparte institucional el Comité Económico y Social Europeo (CESE), la Cámara Cívica Rusa, la OIT, el BID, la Asociación Internacional de Consejos Económicos y Sociales e Instituciones Similares, entre otros. Conforme al Art. 29 del Protocolo de Ouro Preto, el Foro Consultivo Económico-Social tiene función consultiva y se manifiesta mediante Recomendaciones al Grupo Mercado Común. Significa que, de acuerdo a la normativa vigente en el MERCOSUR, la naturaleza del FCES es consultiva, y si bien puede actuar por iniciativa propia y tener como tal una agenda también propia, es esencial que pueda cumplir su función en todo el proceso de integración, siendo efectiva y formalmente consultado por los órganos decisorios, en forma previa a la definición de los temas de cualquier naturaleza trascendentes para el futuro de la región y en especial de los inherentes a su competencia específica.
En su Reglamento Interno aprobado por el Plenario del FCES y homologado por el GMC, se establecen, entre sus principales cometidos:
-Cooperar activamente para promover el progreso económico y social del MERCOSUR, orientado a la creación de un mercado común y su cohesión económica y social;
-Dar seguimiento, analizar y evaluar el impacto social y económico derivado de las políticas destinadas al proceso de integración y las diversas etapas de su implantación, sea a nivel sectorial, nacional, regional o internacional;
-Proponer normas y políticas económicas y sociales en materia de integración;
-Contribuir a una mayor participación de la sociedad en el proceso de integración regional, promoviendo la real integración en el MERCOSUR y difundiendo su dimensión económico social.
Atendiendo a lo señalado precedentemente y a la normativa vigente del Mercosur, el FCES destaca ante los órganos decisorios del Mercosur, el derecho y el deber que tiene, como órgano institucional del MERCOSUR, de participar activamente en el proceso de integración .
Corresponde destacar que la celebración del Acuerdo Sede entre el Gobierno del Uruguay y el CMC para el funcionamiento del FCES y de su Secretaría Permanente en el Territorio del Uruguay, suscrito en el año 2009, constituyó un paso adelante para el fortalecimiento institucional del FCES. No obstante, el mismo aún no ha sido efectivamente implementado ni se le han asignado los recursos necesarios para su financiamiento, cumpliendo el FCES su rol exclusivamente con los aportes de las organizaciones económicas y sociales que lo integran.
Sin embargo, la Decisión CMC N° 65/10 parece no tener en cuenta todo lo antes indicado al crear la Unidad de Apoyo a la Participación Social, sin siquiera por un lado, requerir la opinión del FCES, a través del mecanismo de la consulta, y por otro, asignándole a dicha unidad competencias que son propias del FCES.
Si bien dicha iniciativa puede implicar el mayor involucramiento de la sociedad civil en el proceso de integración, el mecanismo establecido en Foz de iguazú no es el apropiado, sino que, por el contrario, ello debio instrumentarse a través del FCES, como el órgano institucional ya existente en la estructura permanente del Mercosur, dado que las funciones asignadas a la UPS forman parte de las propias del FCES definidas específicamente en la normativa del Mercosur.
Corresponde destacar, asimismo, el contrasentido que significa que la Decisión de referencia prevea rubros en el presupuesto del Alto Representante General del Mercosur y la creación de un Fondo de Participación Social para el financiamiento de la participación social y de las actividades de las Cumbres Sociales del Mercosur (Arts. 8 y 9), cuando ni siquiera en el Mercosur se ha determinado un presupuesto financiado por los Estados Partes para que el FCES pueda cumplir plenamente con su rol institucional.
Es oportuno reafirmar que el FCES es conciente de su responsabilidad como órgano consultivo representativo de la sociedad civil organizada y que en el cumplimiento de su papel le corresponde opinar y participar activamente en la construcción del MERCOSUR.
Dada la importancia y gravedad de la temática en cuestión, se considera necesario mantener con carácter urgente, una reunión de los Coordinadores Nacionales del FCES con los miembros del CMC y del GMC, respectivamente.